Se requieren jueces y magistrados que no se dejen llevar por intereses: IECM

Por Tanya Acosta-Raúl Ruiz/Reporteros.

Ante la declaratoria del inicio del proceso electoral local extraordinario del Poder Judicial 2024-2025 por parte del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), para la elección de jueces y magistrados locales el domingo 1° de junio, está claro que los partidos políticos no podrán vigilar y supervisar el mecanismo para ejercicio del voto de las personas en estado de postración y tampoco ser integrantes del Consejo Distrital.

Con base a las modificaciones al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y a la Ley Procesal Electoral, ambos ordenamientos de la Ciudad de México, en materia de elección por voto popular de las y los jueces y magistrados, se estipula que las personas candidatas deberán presentar su declaración patrimonial, no estar inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, en el de Personas Agresoras Sexuales, en el de Personas Sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, ni haber sido condenado por el delito de violencia familiar en cualquiera de sus modalidades.

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