El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró por unanimidad la validez de la elección presidencial de la jornada electoral celebrada el 2 de junio de 2024, informó la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.
Derivado de esta decisión, detalló, el jueves 15 de agosto se entregará a Claudia Sheinbaum Pardo la constancia de mayoría en la elección a la Presidencia de la República por la coalición Sigamos Haciendo Historia (Morena-PT-PVEM).
En conferencia de prensa matutina con el presidente Andrés Manuel López Obrador explicó que las y los magistrados resolvieron en la sesión del 12 de agosto los juicios promovidos por la excandidata presidencial Xóchitl Gálvez y los juicios de inconformidad de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), que impugnaron la elección presidencial.
La Comisión Especial integrada por los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes resolvió lo siguiente:
Por mayoría, fue desechada la demanda de Xóchitl Gálvez debido a que carece de interés jurídico en virtud de que la excandidata no solicitó de forma expresa la nulidad de la elección; su pretensión estuvo enfocada en obtener una resolución declarativa de responsabilidad. El Tribunal estimó que esta petición no correspondía a la naturaleza del recurso promovido.
Los agravios expresados por los partidos políticos se calificaron como infundados al no autenticar sus pretensiones porque las pruebas ofrecidas fueron insuficientes para acreditar la nulidad de la elección. Presentaron vínculos electrónicos de documentos privados, que consistieron principalmente en notas periodísticas, reportajes y videos.
El TEPJF consideró que las situaciones de violencia aislada en el ámbito municipal o local no incidieron en los resultados de la elección presidencial.
También calificó como infundado el alegato consistente en la supuesta intervención sistemática e indebida de diversos sindicatos a favor de la entonces candidata Claudia Sheinbaum; se trató de un argumento genérico que no especificó circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Las y los magistrados declararon inoperantes los agravios sobre la supuesta intervención indebida de personas servidoras públicas, en especial del presidente de la República, a través de las conferencias matutinas; en 34 de estas se registraron expresiones relacionadas con el proceso electoral, sin embargo, no es suficiente para acreditar una intervención sistemática y reiterada al referirse a acontecimientos aislados que, de acuerdo con la magnitud de la participación electoral, no afectaron en la elección.