Tras analizar una impugnación presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en la que reclama la constitucionalidad de diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció, entre otras cosas, la validez de una porción normativa que define la violencia vicaria.
Fue en ese sentido, durante la sesión pública, en donde la Ministra Yasmín Esquivel Mossa manifestó que la violencia de género trasciende lo evidente, pues provoca en la víctima una huella más allá de lo físico, en profundos daños psicológicos y emocionales.
En ese sentido, Esquivel Mossa explicó que la violencia a través de interpósita persona, también denominada violencia vicaria, se refiere a la estrategia de infligir daño a una mujer utilizando terceras personas, como sus propios hijos e hijas, con el claro propósito de intensificar su sufrimiento, canalizando el daño a través de relaciones afectivas significativas.