En el caso de México, el último corte del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU disponible, al 28 de febrero de 2026, contabilizaba 819 peticiones de acción urgente, alrededor de 36.5% de todos los casos registrados bajo el artículo 30 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
Las propias estadísticas del organosmo. revelan que México e Irak empataron en el número de nuevas solicitudes de acción urgente por desapariciones registradas entre el 1 de marzo y el 16 de septiembre de 2025, con 51 solicitudes cada uno, equivalentes a 35% del total.
