El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó una sentencia previa relacionada con el registro del Partido de la Revolución Democrática como partido político local en la Ciudad de México, al concluir que las personas que promovieron dicho trámite no contaban con facultades vigentes para hacerlo.
En la resolución del expediente SUP-REC-17/2025, la Sala Superior determinó que Nora del Carmen Bárbara Arias Contreras y Guillermo Domínguez Barrón no tenían legitimación para presentar la solicitud de registro ante el Instituto Electoral de la Ciudad de México, debido a que ya no formaban parte válida de la Dirección Estatal Ejecutiva del partido al momento del trámite.
El caso se originó tras la pérdida del registro nacional del PRD, declarada por el Instituto Nacional Electoral en septiembre de 2024, luego de que el partido no alcanzara el tres por ciento de la votación federal. A partir de ese momento, el instituto político intentó mantener su presencia como fuerza local en la capital del país.
