La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas fue creada el 18 de abril de 1961 en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Relaciones y Inmunidades Diplomáticas. Esta conferencia se celebró en Viena, Austria. La firmaron representantes de 81 estados, entre ellos México y Ecuador.
Establece en su artículo 22 que las sedes diplomáticas son inviolables y que los agentes de las fuerzas del orden de donde se encuentren no pueden ingresar a ellas sin consentimiento.
- Los locales de la misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión.
- El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad.
- Los locales de la misión, su mobiliario y demás bienes situados en ellos, así como los medios de transporte de la misión, no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución.