La Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx), a través de la Consejería Jurídica Universitaria, llevó a cabo la primera sesión del Programa Permanente de Capacitación Jurídica, con la ponencia “Nulidad e inexistencia del acto jurídico”, impartida por el maestro en Derecho y magistrado en retiro del Poder Judicial del Estado de México, Patricio T. Sánchez Vértiz Ruiz.
Este programa, implementado en cumplimiento de lo establecido en el Plan Rector de Desarrollo Institucional de la Administración Universitaria 2025-2029, constituye una estrategia orientada a fortalecer las capacidades técnicas, normativas y operativas del personal jurídico universitario, así como a consolidar una gestión profesional, eficiente y plenamente alineada con el marco jurídico vigente de la UAEMéx. La capacitación fue gestionada de manera gratuita, lo que contribuye al cumplimiento de las metas institucionales de profesionalización y mejora continua.
La sesión se realizó en la Sala “Ignacio Manuel Altamirano” del Edificio Histórico de Rectoría y contó con la presencia de la consejera Jurídica Universitaria, Evangelina Sales Sánchez, quien subrayó la relevancia de la formación jurídica continua como elemento clave para el adecuado ejercicio profesional y la correcta gestión institucional.
Durante su exposición, Sánchez Vértiz Ruiz explicó que para comprender las figuras de la nulidad y la inexistencia del acto jurídico es fundamental partir del concepto de hecho jurídico, entendido como todo acontecimiento que genera derechos y obligaciones, ya sea producido por la naturaleza o por la acción humana, con o sin intención.

Asimismo, detalló que el acto jurídico consiste en una manifestación de la voluntad que produce consecuencias jurídicas y que se encuentra permitida por el Derecho. Señaló que este se integra por elementos esenciales como el consentimiento, el objeto y la solemnidad, además de requisitos de validez, entre los que destacan la capacidad, la ausencia de vicios del consentimiento, la licitud y la formalidad.
En este contexto, precisó que la inexistencia del acto jurídico se configura cuando falta alguno de sus elementos esenciales, mientras que la nulidad se presenta cuando no se cumple con algún requisito de validez. Añadió que la nulidad puede ser absoluta, cuando el acto contraviene normas de orden público o disposiciones prohibitivas, o relativa, cuando tiene como finalidad la protección de derechos renunciables.
El Programa Permanente de Capacitación Jurídica busca generar espacios de análisis y reflexión sobre temas jurídicos fundamentales, contribuyendo al fortalecimiento del quehacer institucional y al desarrollo profesional de quienes integran la Consejería Jurídica Universitaria.
