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Imparcialidad debe regir procesos del sistema penal acusatorio: SCJN

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, tanto en la primera como en la segunda instancias del proceso penal, debe regir el principio de imparcialidad del juzgador en sus dos vertientes: subjetiva y objetiva.
La dimensión subjetiva se refiere a la posición de un juzgador en particular frente a un caso por su personal situación respecto al mismo. Mientras que la dimensión objetiva está encaminada a asegurar que existan suficientes garantías para excluir cualquier duda razonable sobre la apariencia de imparcialidad del juzgador.

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