JUSTICIA NACIONAL

Tribunal federal anunció inicio del juicio oral de Rosalinda González Valencia, esposa de “El Mencho”

El caso de Rosalinda González Valencia, detenida por presunto lavado de dinero pasó a un Tribunal de enjuiciamiento, donde las partes: Fiscalía General de la República (FGR) y Defensa de la esposa de “El Mencho” líder de organización delictiva, presentarán pruebas de cargo y descargo respectivamente. La FGR llega a la etapa del juicio oral con la desacreditación de sus testigos protegidos, debido a que violó el debido proceso para inculpar a la empresaria michoacana; quien  desde noviembre del 2021 permanece interna en el Penal Federal Femenil número 16 de alta seguridad, ubicado en Michapa, en el municipio de Coatlán del Río, Morelos, tras ser recapturada por elementos de la Armada de México, por violar su libertad condicional.

Los testigos protegidos habrían testificado en relación a las operaciones que vinculaban a Rosalinda González y su hija Jessica Johanna Oseguera con inmuebles y empresas presuntamente financiadas con recursos de procedencia ilícita. El fallo judicial fue considerado como un revés para la FGR. La defensa de González Valencia, encabezada por el abogado Víctor Beltrán García, aseguró su cliente está lista y preparada para esta etapa de juicio y terminar de fondo.

Indicó que a la Fiscalía General de la República le invalidaron en la etapa intermedia del proceso muchas pruebas documentales, estados de cuenta, testigos protegidos, que no podrá utilizar en el juicio. El litigante aseguró que al momento la FGR no ha demostrado los grandes movimientos de recursos en las cuentas bancarias de González Valencias, y que estos provengan de actividades ilícitas.

“Dicen que lavado de dinero porque tiene un desfase de 30 mil pesos en un año y no por eso está cometiendo el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita y luego la FGR dice que es administradora de una empresa criminal. ¿Con 30 mil pesos?” se pregunta el litigante. Recordó que las acusaciones contra su cliente, se remontan a años atrás, específicamente al 2011, y que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tenía cinco años para iniciar un procedimiento administrativo y señalar cualquier irregularidad que pudiera haber tenido la persona, y no hubo ninguna eventualidad.

“Existen documentos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de que es una persona transparente, trabajadora y que ha cumplido con el pago de sus impuestos, y que no tiene ningún pendiente con la autoridad hacendaria”, añadió el abogado. Sobre el estado de salud de su clienta, Víctor Beltrán afirmó que “se le han estado suministrando los medicamentos, pero hace falta que ella tenga la atención médica de su médico particular porque ellos tienen los equipos suficientes para poderle realizar los tratamientos delicados que a ella le tienen que hacer cada tres meses”.

El pasado jueves, González Valencia fue trasladada desde el penal femenil número 16 en Coatlán del Río, Morelos, al Centro de Justicia Penal Federal en Xochitepec para llevar a cabo la diligencia de desahogo de pruebas, sin embargo la Jueza asignada como Tribunal de Enjuiciamiento determinó diferirla; reservando señalar nueva fecha y hora para el desahogo de la misma, hasta que las partes (FGR y Defensa), dentro del plazo de cinco días, contado a partir de su notificación, comuniquen lo siguiente:

 

  • El orden en que pretenden desahogar sus órganos de prueba; y, si alguno de ellos se encuentra imposibilitado para acudir a la audiencia de juicio oral; lo anterior, con la finalidad de que únicamente acudan a rendir su testimonio (en las instalaciones de este Centro de Justicia) los atestes que al efecto se señalen y de esta forma lograr que las jornadas de juicio se desahoguen sin mayor eventualidad.
  • Tomando en cuenta lo anterior, conforme al orden previamente establecido por cada parte, se les solicita agrupen a los testigos para cada jornada, tomando en consideración que desfilaran mínimo cuatro y máximo cinco órganos de prueba por cada una.

La Jueza de Distrito Guillermina Matías Garduño quien se ostentará como Tribunal de Enjuiciamiento recordó a las partes, que deberán ponderar lo que establece el numeral 351 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en razón de que de no presentarse algún testigo o perito, la audiencia de juicio podrá suspenderse en forma excepcional por un plazo máximo de diez días naturales, de no ser así, se considerará interrumpido y deberá ser reiniciado ante un Tribunal de Enjuiciamiento distinto y lo actuado será nulo conforme al diverso numeral 352 del mismo ordenamiento jurídico.

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