TEPJF no puede invalidar suspensiones contra Reforma Judicial: SCJN

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró por mayoría de siete votos contra tres que las sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por las que invalidó órdenes de suspensión en juicio de amparo relacionadas con la reforma constitucional del Poder Judicial, “son opiniones’’ que no tienen “capacidad’’ invalidante.

Y resolvió fijar un plazo de 24 horas a los jueces “que hayan emitido suspensiones en contra de la implementación de la reforma judicial” para revisar “de oficio” sus decisiones; ello implica la revocación de las suspensiones concedidas.

Tras un debate de cuatros horas, el máximo tribunal constitucional del país resolvió las solicitudes planteadas por el pleno del Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, la jueza directora de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed), diversos magistrados de Circuito y jueces de Distrito y el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, bajo la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

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